EN
EN

Entidades y organizaciones autorizadas

Inicio / Abogados y Abogadas de Oficio / Entidades y organizaciones autorizadas

El Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico (Reglamento) ofrece como alternativa a los abogados y las abogadas ofrecer servicios de asesoría, representación legal o notaría, tanto a personas como a comunidades de escasos recursos económicos, a través de una entidad u organización autorizada por la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) para cumplir con su responsabilidad ética de ofrecer servicios legales libre de costo a personas indigentes. Con la certificación de las horas de servicio pro bono que emita la entidad, el abogado o la abogada podrá solicitar exención del servicio de oficio para el próximo año fiscal.

Servicio pro bono

  Material de referencia
¿Cuáles son las entidades u organizaciones autorizadas por la Oficina de Administración de los Tribunales a certificar horas de servicio pro bono?
  • Asociación de Abogados de Puerto Rico
  • Ayuda Legal Puerto Rico, Inc.
  • Brigada Legal Solidaria, Inc.
  • Carrión Sánchez, LLC
  • Centro de la Mujer Dominicana, Inc.
  • Clínica de Asistencia Legal de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico
  • Clínica de Asistencia Legal de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana
  • Coalición Legal para Puerto Rico, Inc.
  • Colegio Notarial de Puerto Rico
  • Defensoría de las Personas con Impedimentos
  • Instituto del Notariado Puertorriqueño, Inc.
  • Junta de Libertad Bajo Palabra
  • Oficina de la Procuradora de las Mujeres
  • Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada
  • Oficina Legal de la Comunidad, Inc.
  • One Stop Career Center of P.R., Inc.
  • Pro-Bono, Inc., Servicios Voluntarios del Colegio de Abogados de Puerto Rico
  • Programa de Ayuda Legal a Tu Alcance del Municipio Autónomo de Guaynabo
  • Programa Pro Bono de McConnell Valdés
  • Programa Pro Bono Estudiantil de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico
  • Proyecto Inocencia de Puerto Rico
  • Proyecto Matria, Inc.
  • Servicios Legales Comunitarios, Inc.
  • Servicios Legales de Puerto Rico, Inc.
  • SFM Charities, Inc.
  • Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU)
¿Cuál es el proceso para que una entidad u organización solicite que la Oficina de Administración de los Tribunales le autorice a certificar horas pro bono?

De interesar que la entidad que representa sea incluida como una entidad u organización autorizada en el listado que publica anualmente la Oficina de Administración de los Tribunales, deberá completar el formulario Solicitud de inscripción como entidad u organización autorizada (OAT 1850) y entregar su solicitud original no más tarde del 31 de marzo, del año fiscal anterior al cual aplique la solicitud. Además, debe incluir con su solicitud copia de la reglamentación y de los formularios complementarios utilizados por su entidad u organización para realizar la evaluación de capacidad económica de toda persona que solicite los servicios pro bono. En ausencia de reglamentación, aplicarán los criterios de indigencia establecidos por la OAT.

Luego, presente el formulario en la División de Correo y Archivo Activo de la Oficina de Administración de los Tribunales, ubicada en el sótano del Edificio World Plaza, 268 Ave Muñoz Rivera en Hato Rey.

¿Cómo la entidad u organización acredita las horas de servicio pro bono?

Será deber de los y las profesionales del Derecho solicitar a la entidad u organización autorizada la acreditación de las horas ofrecidas al servicio pro bono. El personal a cargo del proyecto o programa pro bono de la entidad u organización autorizada debe completar el formulario Certificación de horas pro bono prestadas en entidades u organizaciones autorizadas (OAT 1852).

Para más información

Para más información sobre el Reglamento y las alternativas para su cumplimiento, los y las profesionales del Derecho pueden comunicarse a la Línea de Información del Poder Judicial llamando al (787) 641-6263 o a través de correo electrónico a paneldevoluntarios@poderjudicial.pr