
Comisión de Evaluación Judicial
La Comisión de Evaluación Judicial es el organismo formal del Poder Judicial que tiene la responsabilidad de evaluar el desempeño de los(as) miembros de la judicatura con el fin primordial de promover la excelencia y fomentar el mejoramiento profesional de los jueces y juezas del Tribunal de Primera Instancia. Asimismo, las evaluaciones realizadas se utilizan por la Comisión para tomar decisiones administrativas y para hacer recomendaciones al gobernador con relación a solicitudes de ascenso y renominación.
El propósito principal de estas evaluaciones es identificar las áreas en que cada juez o jueza posee mayores destrezas y en las que mejor se desenvuelve y las que necesitan fortalecimiento o mejoramiento. Una vez se identifica una deficiencia, se trabaja para corregirla. La meta es mantener en todo momento una judicatura de excelencia que cumpla cabal y eficientemente con las exigencias de la ciudadanía y que se esfuerce por facilitar y agilizar el acceso a la justicia para todos los ciudadanos.
Conforme lo establecido en el Art. 10 de la Ley 91-1991, según enmendada, la información provista por cualquier persona durante el proceso de evaluación de jueces y juezas está sujeta a normas de estricta confidencialidad. Por ello, en la Comisión de Evaluación Judicial se observan las más estrictas medidas de seguridad para garantizar la confidencialidad de las opiniones particulares de los(as) participantes. Los jueces y las juezas no tienen acceso a la información confidencial que está en poder de la Comisión.
Si usted tiene información que pueda ser útil en el proceso de evaluación de cualquier miembro de la judicatura, puede enviarla por correo electrónico a ComisionEvaluacionJudicial@poderjudicial.pr o puede comunicarse al (787) 641-6600; ext. 5886.
Evaluación de jueces y juezas
¿Qué propósitos institucionales cumple esta evaluación?
El sistema de evaluación de jueces y juezas cumple con varios propósitos institucionales, entre los que se encuentran:
- proveer información que fomente el compromiso de los jueces y las juezas con su mejoramiento profesional
- recomendar programas de educación continua y sobre mejoramiento profesional para cada juez evaluado y jueza evaluada
- atender eficaz y efectivamente las necesidades de la judicatura
- proveer información a la ciudadanía sobre el desempeño judicial de los(as) miembros de la judicatura
- recomendar una asignación más eficiente y un mejor uso de los recursos judiciales
- recomendar la renominación y el ascenso de jueces y juezas a otras ramas de gobierno
¿Qué tipo de evaluación realiza la Comisión de Evaluación Judicial?
La Comisión de Evaluación Judicial realiza varios tipos de evaluaciones, entre las que se encuentran las evaluaciones periódicas, las cuales se realizan en periodos de tres años para jueces y juezas superiores y municipales; las evaluaciones por vencimiento de término; las evaluaciones motivadas por solicitudes de renominación o ascenso y las evaluaciones realizadas a solicitud del Pleno del Tribunal Supremo.
¿Cuáles son algunos de los criterios de evaluación?
- Integridad
- Reputación o imagen pública
- Reputación intelectual
- Destrezas profesionales
- Capacidad de análisis
- Laboriosidad
- Capacidad administrativa
- Temperamento
- Competencia académica
- Capacidad de rendimiento y atención de casos asignados
- Experiencia
- Vocación al servicio público
- Interés en proseguir la carrera judicial
¿Qué incluye la evaluación de un juez o una jueza?
La Comisión de Evaluación Judicial analiza diferentes aspectos relacionados con las ejecutorias del juez o de la jueza en proceso de evaluación.
- Preparación académica del juez o de la jueza, su experiencia profesional y los cursos de educación jurídica continua que ha tomado durante el periodo de evaluación.
- En el caso de jueces y juezas municipales, las designaciones a nivel superior que haya tenido durante el periodo de evaluación y la información sobre la labor realizada.
- Existencia de quejas o querellas.
- Cumplimiento con los Cánones de Ética Judicial en cuanto a los informes de divulgación financiera.
- Consulta a abogados(as), fiscales(as), procuradores(as) y trabajadores(as) sociales que han comparecido ante el juez o la jueza.
- Consulta a otros(as) funcionarios(as) del Tribunal.
- Evaluación del desempeño en sala y temperamento judicial del juez evaluado o la jueza evaluada.
- Desempeño durante la entrevista ante la Comisión de Evaluación Judicial.
¿Qué métodos de evaluación utiliza la Comisión de Evaluación Judicial?
La Oficina de la Comisión de Evaluación Judicial ha desarrollado un sistema de consultas mediante el cual se ausculta el sentir de profesionales que han comparecido ante el juez evaluado o la jueza evaluada durante los tres años que comprenden el periodo de evaluación. También se consulta a los Jueces Administradores y las Juezas Administradoras, jueces y juezas pares y al personal del Alguacilazgo y de la Secretaría del Tribunal.
Para realizar estas consultas, la Comisión utiliza diferentes herramientas de evaluación, entre las que se encuentran formularios de evaluación y entrevistas personales a:
- juez evaluado o jueza evaluada
- profesionales del derecho que han postulado ante el juez o la jueza evaluada
- funcionarios y funcionarias del Tribunal
- Juez Administrador o Jueza Administradora del Tribunal al que está asignado el juez o la jueza
- alguacil o alguacila del Tribunal al que está asignado el juez o la jueza
- personal de Secretaría
- supervisor o supervisora de los trabajadores y trabajadoras sociales
- Director(a) Administrativo(a) de los Tribunales
- miembros de la judicatura asignados(as) a la misma área del juez evaluado o la jueza evaluada
- miembros de la comunidad del juez o la jueza
- miembros de la comunidad jurídica (abogados o abogadas de Asistencia Legal; delegados y delegadas del Colegio de Abogados de la región judicial a la cual está asignado(a); y fiscales(as) que hayan comparecido ante el juez evaluado o la jueza evaluada)
Además, la Comisión de Evaluación Judicial evalúa el desempeño en sala y el temperamento judicial del juez evaluado o la jueza evaluada mediante visitas a sala y/o por medio del análisis de las grabaciones del sistema For the Record en vistas presididas por estos.
¿Qué tipo de calificaciones otorga la Comisión de Evaluación Judicial?
Calificación |
Nivel |
Indicadores |
Puntuación | |
Calidad | Frecuencia | |||
Excepcionalmente Bien Calificado(a) |
5 |
Excepcional |
Siempre |
4.9 – 5.0 |
Bien Calificado(a) |
4 |
Excelente |
Siempre o casi siempre |
4.5 – 4.8 |
Calificado(a) |
3 |
Buena |
Frecuente |
4.0– 4.4 |
Deficiente |
2 |
Regular |
Pocas veces |
2.0 – 3.9 |
No Calificado(a) |
1 |
Pobre |
Pocas veces o nunca |
0.0 – 1.9 |
¿Cómo se calculan estas puntuaciones?
La información obtenida de los formularios se ingresa en una hoja de trabajo de Excel. De esta forma se calculan los valores promedio de cada uno de los criterios consultados. Luego se analizan las puntuaciones obtenidas para determinar el nivel de ejecución del juez evaluado o la jueza evaluada. Con esta información se prepara el “Proyecto de Informe de Hallazgos Preliminares” que utilizarán los Comisionados al momento de reunirse en pleno con el juez evaluado o la jueza evaluada.
¿Qué comprende la entrevista del juez o la jueza ante la Comisión de Evaluación Judicial en pleno?
Esta entrevista tiene el propósito de que comisionados(as) y jueces(zas) del Tribunal Supremo que participen en las mismas intercambien impresiones con el juez o la jueza en cuanto a la evaluación en curso. Las entrevistas son de carácter informal y se celebran una vez se tiene lista toda la información necesaria para realizar la evaluación.
¿Cómo se determina la calificación otorgada?
Celebrada la reunión informal, la Comisión de Evaluación Judicial se reúne en pleno para determinar la evaluación preliminar correspondiente al desempeño judicial del juez evaluado o la jueza evaluada y solicita al (a la) Director(a) Ejecutivo(a) que redacte un “Informe de Hallazgos Preliminares”. Este Informe se envía al juez o la jueza que se encuentra en proceso de evaluación.
¿Qué sucede si el juez evaluado o la jueza evaluada no acepta la calificación otorgada?
Si el juez o la jueza no está conforme con la evaluación, tiene diez días –contados a partir de la fecha de la notificación– para solicitar una segunda comparecencia ante la Comisión de Evaluación Judicial, ya sea personal o escrita, para exponer los argumentos en apoyo a su solicitud de reconsideración de las calificaciones preliminares.
¿Quién tiene acceso a la información recopilada por la Comisión de Evaluación Judicial?
La información recopilada durante el proceso de evaluación es para uso exclusivo de la Comisión de Evaluación Judicial. Por ello, se observan las más estrictas medidas de seguridad para garantizar la confidencialidad de las opiniones particulares de los participantes. Los expedientes de evaluación permanecen en archivos de seguridad y, con posterioridad a la reunión, son destruidos. Los jueces y las juezas sujetos a evaluación no tienen acceso a esta información. Los(as) abogados(as) y funcionarios(as) consultados(as) tienen la garantía de que sus comentarios no estarán accesibles a los(as) evaluados(as) y que su identidad no será divulgada. Constituye delito menos grave el que cualquiera de los empleados, empleadas, comisionados o comisionadas divulguen la identidad de los participantes durante este proceso.
¿Qué puedo hacer si intereso participar de la evaluación de un juez o una jueza?
De usted contar con información relacionada al desempeño judicial de algún juez o alguna jueza que pueda ser útil en su proceso de evaluación, puede enviarla de manera confidencial al Director Ejecutivo de la Comisión de Evaluación Judicial, el Lcdo. Alexander G. Reynoso Vázquez, a las siguientes direcciones de correo electrónico: alexander.reynoso@poderjudial.pr o ComisionEvaluacionJudicial@poderjudicial.pr. También puede enviarla por correo postal al PO Box 364362, San Juan, PR 00936-4362 o puede comunicarse vía telefónica al (787) 641-6600; ext. 5886.
Si usted es un(a) profesional del derecho y compareció ante el juez evaluado o la jueza evaluada durante los últimos tres años y no ha recibido un formulario de evaluación, puede comunicarse con la Oficina de Evaluación Judicial a través del correo electrónico ComisionEvaluacionJudicial@poderjudicial.pr o puede llamar al (787) 641-6600; ext. 5886 o 5888 para que se le haga llegar un formulario de evaluación a la mayor brevedad posible. Si desea descargar el formulario para remitirlo electrónicamente, puede descargarlo presionando aquí.
Al momento, si opta por remitir el formulario electrónicamente, es importante que ofrezca su nombre y el número del Tribunal Supremo (RUA) de manera que pueda constatarse que no se ha enviado un formulario previamente. El número de RUA nunca será utilizado para identificar al abogado o abogada que llena el formulario ya que la Ley Núm. 91-1991, según enmendada, establece normas de estricta confidencialidad.
Una vez completado el formulario, puede enviarlo al Director Ejecutivo de la Comisión de Evaluación Judicial por correo electrónico a ComisionEvaluacionJudicial@poderjudicial.pr o por correo postal al PO Box 364362, San Juan, PR 00936-4362.
Le invitamos a participar del proceso de evaluación de jueces y juezas del Tribunal de Primera Instancia. Con su ayuda y colaboración lograremos continuar fomentando una judicatura de excelencia.
Enlaces relacionados
Misión y Visión
Misión
Fomentar la excelencia en la administración de la justicia, mediante el uso de mecanismos de evaluación que permitan identificar y atender apropiadamente las fortalezas y debilidades de los miembros de la judicatura.
Visión
Ser reconocida por la comunidad jurídica y la sociedad puertorriqueña en general como un organismo ágil, efectivo y confiable que promueve el compromiso de los Jueces y las Juezas con su mejoramiento profesional y viabiliza la máxima excelencia del Sistema de Tribunales.
Miembros de la Comisión de Evaluación Judicial
- Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez
Presidenta de la Comisión
- Hon. Rafael L. Martínez Torres
- Hon. Mildred G. Pabón Charneco
- Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo
- Hon. Edgardo Rivera García
- Hon. Roberto Feliberti Cintrón
- Hon. Luis F. Estrella Martínez
- Hon. Ángel Colón Pérez
Jueces Asociados del TSPR
- Lcdo. Alexander G. Reynoso Vázquez
Director Ejecutivo
- Lcdo. Tomás Román Santos
- Dra. Glenda Labadie Jackson
- Lcda. Yvonne Feliciano Acevedo
- Lcdo. Luis Rosario Villanueva
- Lcdo. Carlos Santiago Tavárez
- Lcdo. Néstor S. Aponte Hernández
- Lcdo. Jorge Lucas Escribano Medina
- Lcda. Arytza Martínez Rivera
- Lcdo. Roberto Rodríguez Poventud
- Dra. Iris N. López Sánchez
Para más información
Teléfono
ext. 5886 o 5887
Dirección Postal
PO Box 364362
San Juan, Puerto Rico, 00936-4362
Correo Electrónico
Fax
(787) 758-1771