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Eliminación de antecedentes penales

El certificado de antecedentes penales es una certificación expedida por la Policía en la que surge el historial de sentencias condenatorias que aparezcan en el expediente de cada persona que haya sido sentenciada en cualquier jurisdicción local, estatal o federal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y de los Estados Unidos.

Depende de las circunstancias particulares de cada caso, se puede eliminar algún registro del certificado de antecedentes penales. Esto es comúnmente conocido como “limpiar el récord”. La Ley Núm. 254-1974, conocida como la “Ley que autoriza a la Policía de Puerto Rico a expedir Certificados de Antecedentes Penales», según enmendada, establece el proceso para eliminar delitos del récord penal, siempre y cuando la persona no haya cometido delitos y no tenga convicciones adicionales. Además, tiene que haber transcurrido el término establecido en ley para solicitar dicha eliminación.

Eliminar delitos del récord penal

¿Para qué se utiliza el certificado de antecedentes penales?

El certificado de antecedentes penales se requiere para múltiples transacciones, tales como vivienda o empleo. En específico, la mayoría de la empresas privadas y entidades gubernamentales requieren el certificado de antecedentes penales para cualquier persona que solicita empleo. Se solicita, además, como requisitos para recibir distintos beneficios y ayudas gubernamentales.

¿Cuáles delitos se pueden eliminar del récord penal?

El proceso de eliminar delitos aplica para delitos menos graves y algunos delitos graves. Este proceso no procede para personas que aparezcan en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales Violentos y Abusos contra Menores o en el Registro de Personas Convictas por Corrupción. Una vez el nombre no aparezca en dichos registros, podría solicitar la eliminación del récord penal.

Tampoco son eligibles para solicitar eliminar algún delito del récord penal aquellas personas que se encuentren cumpliendo alguna condena o que tengan una convicción larga que imposibilite limpiar el récord penal. Por ejemplo, una persona convicta por asesinato en primer grado que tenga una condena de 99 años de prisión.

¿Cuál es el procedimiento para eliminar delitos del récord penal?

Hay varios lugares dónde una persona puede solicitar que eliminen cualquier referencia de delitos, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por ley. El trámite dependerá del delito.

Delito menos grave

  • Tiene que haber transcurrido seis meses desde que la persona convicta de un delito menos grave cumplió la condena o sentencia.
  • Presentar solicitud, acompañada con los documentos pertinentes, ante la Superintendencia de la Policía.
  • La solicitud se presenta mediante declaración jurada ante un abogado notario o una abogada notaria, con los siguientes documentos:
    • certificado original de antecedentes penales
    • copia certificada de la sentencia que contiene la convicción
    • certificación del Departamento de Corrección y Rehabilitación del cumplimiento de la sentencia o copia de la sentencia del Tribunal que indique que cumplió con la pena o multa impuesta
    • $20.00 en sellos de rentas internas
  • En la declaración jurada, se debe incluir:
    • información personal
    • descripción de los delitos según aparece en el certificado de antecedentes penales
    • declaración de que se cumple con todos los requisitos establecidos por ley, entre ellos, contar con buena reputación en la comunidad
  • El o la Superintendente de la Policía determinará si procede o no la eliminación.
  • Si se determina que no procede la eliminación, la persona puede acudir ante el Tribunal de Apelaciones para revisar dicha determinación.
  • Si se determina que procede la eliminación y aún aparecen los registros en el certificado de antecedentes penales, la persona debe presentar ante el Cuartel General de la Policía:
    • copia de la carta emitida por el o la Superintendente de la Policía en la que se acredita la eliminación de los cargos menos graves
    • copia del recibo de comprobantes de rentas internas de $20.00 y de la declaración jurada ponchada por la Policía durante el procedimiento original de eliminación de delitos menos grave 

Delito grave

  • Tiene que haber transcurrido cinco años desde que la persona convicta de un delito grave cumplió la condena o sentencia.
  • Presentar solicitud ante el Tribunal de Primera Instancia, con los siguientes documentos:
    • certificado de antecedentes penales
    • copia certificada de la sentencia que contiene la convicción
    • certificación del Departamento de Corrección y Rehabilitación del cumplimiento de la sentencia o copia de la sentencia del Tribunal que indique que cumplió con la pena, multa impuesta, probatoria y/o programa de desvío
    • declaraciones juradas de dos o más testigos con conocimiento de los delitos por los que fue convicta, en las que aseguren la buena reputación en la comunidad
    • certificación de que sometió muestra del ADN al Banco de Datos de ADN
    • cualquier otro documento que entienda necesario para sustentar la petición
  • El Tribunal podrá citar una vista para que el Ministerio Público (fiscal o fiscala del Departamento de Justicia) comparezca a presentar la postura del Estado sobre eliminar el delito del récord penal. En esta vista, se podría citar a las personas testigos de las declaraciones juradas presentadas junto a la solicitud.
  • El juez o la jueza emitirá una resolución en la que:
    • no conceda la eliminación (la persona solicitante puede recurrir al Tribunal de Apelaciones para revisar dicha determinación)
    • conceda la eliminación
  • De concederse la eliminación, la persona solicitante, su representante legal o cualquier otra persona autorizada deberá presentar una petición para la actualización y eliminación del récord penal ante el Departamento de Justicia, con los siguientes documentos:
    • copia certificada de la resolución u orden firmada por el juez o la jueza del Tribunal de Primera Instancia en la que se ordene la eliminación de los delitos graves y delitos menos graves relacionados
    • original y copia de una identificación con foto vigente (licencia de conducir, tarjeta de identificación emitida por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, pasaporte)
    • original y copia de la tarjeta del Seguro Social
    • cualquier otro documento complementario que pueda ser requerido por el personal de la Oficina de Récord Criminal del Sistema de Información de Justicia Criminal, del Departamento de Justicia
  • De concederse la eliminación, la persona solicitante deberá presentar copia de la resolución u orden firmada por el juez o la jueza del Tribunal de Primera Instancia en la que se ordene la eliminación de los delitos graves y delitos menos graves relacionados, ante la Oficina de Administración de los Tribunales.
    • En el texto de la determinación judicial, debe surgir la instrucción dirigida al Director Administrativo o la Directora Administrativa de los Tribunales de suprimir cualquier información publicada en los registros o constancias públicas del Poder Judicial.
    • De no tener la mencionada instrucción, la persona solicitante deberá presentar una moción al Tribunal de Primera Instancia correspondiente (en el caso criminal) para que se disponga judicialmente la supresión de la información relacionada al delito grave, siempre y cuando proceda en Derecho.

Hojas informativas

Procedimiento para eliminar delitos menos graves del récord penal
Procedimiento para eliminar delitos graves del récord penal

Revisado: Febrero 2023