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Los alguaciles y las alguacilas son funcionarios y funcionarias del Tribunal que se encargan de mantener la seguridad y el orden en los tribunales. Además, hacen cumplir las órdenes de los jueces y las juezas.

El alguacil o la alguacila

¿Cuáles son las funciones del alguacil o de la alguacila?

Además de mantener la seguridad y el orden en el Tribunal, el alguacil o la alguacila realiza otras funciones oficiales fuera de sala, como lo son:

Diligenciar órdenes

Ejecutan órdenes que emiten los jueces o las juezas durante los procesos diarios en las distintas salas del Tribunal de Primera Instancia. Es decir, realizan el trámite que ordenó el juez o la jueza. Para ello, en ocasiones, el alguacil o la alguacila debe trasladarse a la comunidad.

En gran medida, lograr impartir justicia rápidamente depende de que el trámite y diligenciamiento de dichas órdenes se ejecute dentro de los términos estipulados; es decir, dentro del tiempo establecido, en las reglas procesales y en la legislación vigente. Para alcanzar este objetivo, se necesita una coordinación efectiva entre miembros del equipo de trabajo del Tribunal, constituido por jueces o juezas, quienes emiten las órdenes; secretarios o secretarias del Tribunal, quienes llevan a cabo el trámite administrativo de estas; y alguaciles o alguacilas, quienes las diligencian.

Los alguaciles y las alguacilas diligencian las siguientes órdenes del Tribunal:

  • citar a las partes involucradas en los casos
  • arrestar a una persona acusada de delito
  • emplazar a personas contra quienes se haya presentado una demanda civil
  • embargar bienes muebles e inmuebles
  • desahuciar
  • vender bienes embargados en subasta pública
  • expropiar

Laborar en las Salas de Investigaciones

Instruyen y orientan al público que visita la Sala de Investigaciones. Su labor es sumamente importante ya que, usualmente, la Sala de Investigaciones es la primera sala del Tribunal con el que toda persona tiene contacto, ya sea como la parte o persona llamada a testificar en un proceso judicial.

Atender a los o las miembros del Jurado

El Artículo II, Sección 11 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico dispone que en todo proceso por delito grave, la persona acusada tendrá derecho a que su juicio se ventile ante un jurado imparcial. El Jurado es un grupo de doce personas quienes, con instrucciones del Tribunal, evaluarán la prueba presentada durante el juicio para rendir un veredicto o una decisión de culpable o no culpable.

La seguridad de las personas que fungen como jurado está en manos del alguacil o de la alguacila. Una vez seleccionadas las personas que servirán como jurado, el alguacil o la alguacila será responsable de atenderles durante los procesos. Si algún o alguna jurado comete alguna irregularidad o violación a las reglas del Tribunal, será obligación del alguacil o de la alguacila notificarlo inmediatamente al juez o a la jueza. Si el Jurado es secuestrado, es decir, cuando se mantiene a los o las miembros del panel aislados o aisladas de todo contacto exterior, el alguacil o la alguacila será la persona a cargo de cumplir con las órdenes que dicte el Tribunal sobre el particular.

Custodiar y transportar confinados o confinadas

Cuando sea necesario que una persona recluida en una institución penal comparezca ante el Tribunal como testigo, o para cualquier otro asunto, el Tribunal emitirá una orden, la cual será diligenciada por un alguacil o una alguacila. Una vez el confinado o la confinada está bajo la custodia del Tribunal, el alguacil o la alguacila es responsable de velar por su seguridad.

Proveer seguridad

Son responsables de la seguridad en los tribunales. Su labor de seguridad en los tribunales es de prevención y va dirigida a proteger la vida, la propiedad y a mantener el orden en el Tribunal. Esto incluye proveer seguridad a todas las personas presentes en los tribunales, como lo son: los jueces y las juezas, los fiscales y las fiscalas, los abogados y las abogadas, las partes de algún procedimiento judicial y las personas que visitan las instalaciones de los tribunales.

Deberán prestar vigilancia en las entradas principales de los tribunales, salones de sesiones, salas de vistas preliminares, salas de investigaciones, vestíbulos, todas las salas y los alrededores del edificio.

Además, los alguaciles y las alguacilas también serán responsables de atender situaciones de desastres naturales y de emergencia como la toma de rehenes, motines, amenaza de explosivos, hallazgo de artefactos o paquetes extraños, alarmas de incendio, manifestaciones de protesta en los tribunales o en sus predios, entre otras.

El alguacil o la alguacila realiza otras funciones que dependen del área a la cual esté asignado o asignada. Esto se debe a que los alguaciles y las alguacilas pueden trabajar en el Tribunal de Primera Instancia, en el Tribunal de Apelaciones, en el Tribunal Supremo y en la Oficina de Administración de Tribunales. Por ejemplo, los alguaciles y las alguacilas que laboran en el Tribunal Supremo, además de las funciones mencionadas, brindan seguridad durante actos de juramentación de miembros de la Judicatura o de abogados y abogadas para que puedan comenzar a ejercer como licenciados y licenciadas en Derecho; proveen vigilancia durante la administración de las reválidas de abogacía, entre otras.

¿Qué es la Unidad Especial de Alguaciles (UEA)?

La UEA es la unidad que atiende las situaciones de emergencia o circunstancias que requieren la intervención de personal especializado, bien sea por la naturaleza del caso o por las personas involucradas en el mismo.

¿Qué situaciones atienden los alguaciles y las alguacilas de la UEA?

Los alguaciles adscritos y las alguacilas adscritas a esta unidad atienden:

  • cualquier situación peligrosa o que pueda implicar algún riesgo relacionado con las funciones judiciales
  • la custodia de confinados peligrosos, confinadas peligrosas, personas testigos y miembros del Jurado
  • la custodia de jueces o juezas y funcionarios o funcionarias que por razón del trabajo que realizan reciben amenazas
  • desahucios en masa
  • la vigilancia de edificios y propiedad pública bajo la responsabilidad del Poder Judicial
¿Cuáles son los requisitos para ser alguacil o alguacila?

Los requisitos para ser alguacil o alguacila son:

  • poseer licencia de conducir expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
  • tener un bachillerato de una institución universitaria acreditada

Debido a la naturaleza del trabajo, se realizan unas evaluaciones adicionales en el proceso de selección como evaluación psicológica, médica y de condición física. Además, se realiza una investigación general sobre la persona solicitante.

Hojas informativas

Hoja informativa: Alguacilazgo
Hoja informativa: Requisitos para ser Alguacil o Alguacila

Revisado: Febrero 2023