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Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría

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La Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría es el ente que asiste al Tribunal Supremo en el descargo de su poder inherente para reglamentar la profesión legal y así determinar quiénes son las personas capacitadas para ejercer la profesión de abogado(a) y notario(a) en Puerto Rico.

Requisitos de admisión al ejercicio de la abogacía y la notaría

  Material de referencia
¿Cuáles son los requisitos para ejercer la abogacía en Puerto Rico?

Toda persona que desee ser admitida al ejercicio de la abogacía en Puerto Rico deberá cumplir con los siguientes requisitos:

(a) ser mayor de 21 años de edad;

(b) haber cursado estudios de Derecho y obtenido el grado correspondiente al título de abogado(a) en una Escuela de Derecho aprobada por la American Bar Association o por el Tribunal;

(c) ser persona de buena reputación;

(d) aprobar un examen de Reválida General preparado, administrado y evaluado por la Junta Examinadora, y

(e) haber obtenido, antes de su admisión a una Escuela de Derecho, el grado universitario de bachillerato si son egresados de instituciones en Estados Unidos o Puerto Rico. En los demás casos deben haber aprobado un programa de estudios universitarios equivalente, que cumpla con las normas establecidas por el Consejo de Educación Superior o que tenga la aprobación del Tribunal con respecto a la preparación mínima requerida para ser admitido a una Escuela de Derecho en Puerto Rico.

El (La) aspirante que hubiese cursado sus estudios en países extranjeros deberá cumplir con los incisos (a), (c), (d) y (e) y convalidar sus estudios y obtener el grado correspondiente al título de abogado(a) en una Escuela de Derecho aprobada por el American Bar Association y por el Tribunal. Luego de convalidar sus estudios y obtener el grado correspondiente al título de abogado(a) en una Escuela de Derecho que satisfaga los requisitos de acreditación, el (la) aspirante egresado(a) de una universidad extranjera deberá presentar evidencia de ello ante la Junta Examinadora con su solicitud de admisión a examen.

¿Cuáles son los requisitos para ejercer la notaría en Puerto Rico?

Toda persona interesada en ejercer la notaría en Puerto Rico debe haber juramentado y estar admitida al ejercicio de la abogacía. Además, debe aprobar el examen de Reválida Notarial administrado por la Junta Examinadora.

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Miembros de la Junta Examinadora

  • Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez
    Presidenta de la Junta
  • Lcdo. Héctor Rodríguez Mulet
    Director Ejecutivo
  • Lcda. Diana Azizi de Arbona
  • Lcda. Carmen H. Carlos Cabrera
  • Lcdo. José E. Colón Rodríguez
  • Lcdo. Héctor Cortés Babilonia
  • Lcdo. Ramón E. Dapena Guerrero
  • Hon. Julio De la Rosa Rivé
  • Lcdo. Gerardo A. Flores García
  • Lcda. Myriam González Torres
  • Lcdo. Juan A. Marqués Díaz
  • Lcdo. Hiram A. Meléndez Juarbe
  • Lcdo. Pedro Morell Losada
  • Lcdo. Ricardo L. Ortiz Colón
  • Lcda. Carmen A. Pesante Martínez
    Vicepresidenta de la Junta
  • Lcdo. Ricardo A. Ramírez Lugo
  • Lcda. Edna I. Santiago Pérez
  • Lcda. Sandra I. Velilla Ortiz

Para más información

Teléfono
(787) 289-0170