La Jueza Presidenta del Tribunal Supremo, Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez, firmó hoy un acuerdo colaborativo junto al Secretario del Departamento de Seguridad Pública, Alexis Torres Ríos y el Comisionado del Negociado de la Policía, Antonio López Figueroa para uniformar el diligenciamiento de las órdenes de protección a través del Centro de Operaciones y Procesamiento de Órdenes de Protección (COPOP).
La misión principal de este acuerdo es definir quién se encargará de diligenciar cada orden de protección. Se establece aquellas órdenes que serán diligenciadas por la Policía de Puerto Rico, y aquellas que serán realizadas por el alguacilazgo del Poder Judicial, para establecer uniformidad y certeza en este trámite. Para ello, se estructuró una comunicación recíproca interinstitucional, entre el personal del Poder Judicial y la Policía, para el diligenciamiento de las órdenes de protección de violencia doméstica o de violencia sexual.
El Poder Judicial remitirá digitalmente al COPOP las órdenes de protección expedidas para registrarlas y notificarlas a los centros de mando de las áreas policíacas, y encauzar así su diligenciamiento cuando corresponda. La Policía de Puerto Rico diligenciará las órdenes de protección ex parte emitidas por los tribunales; hará llegar copia física de la orden de protección diligenciada al tribunal de la región judicial que atenderá la próxima vista, haciendo constar dicha gestión en la plataforma COPOP Móvil; informará al personal de alguacilazgo del Poder Judicial sobre el diligenciamiento de las órdenes de protección para que dicho personal pueda notificar a la parte peticionaria sobre el diligenciamiento efectuado; y, como parte de su plan de trabajo, adoptará un programa de patrullaje preventivo para beneficio de toda persona sobreviviente de violencia de género que, a su vez, cuente con una orden de protección expedida a su favor.
Por su parte, el Poder Judicial llevará a cabo el diligenciamiento en los casos que el Negociado de la Policía haya diligenciado la orden de protección ex parte, pero el tribunal decrete la extensión de dicha orden; diligenciará las citaciones expedidas al amparo de la Ley Núm. 54-1989 o la Ley Núm. 148-2015, siempre y cuando no se haya expedido un remedio civil de orden de protección ex parte; diligenciará las órdenes de protección finales, salvo cuando se disponga el desarme de la parte peticionada, en cuyo caso le corresponderá a la Policía; y hará gestiones para llevar a cabo el diligenciamiento de las órdenes de protección cuando la parte peticionada se encuentre fuera de la jurisdicción de Puerto Rico.
“Reconozco la premura y la importancia de atender cabalmente estos males sociales para que las víctimas que dan el paso para romper con los ciclos de la violencia encuentren en nuestras instituciones garantías y protección concreta. Este acuerdo que firmamos hoy es el reflejo del compromiso que tenemos con el acceso pleno a una justicia precisa y sensible en Puerto Rico. Queda mucho camino por recorrer, y mucho que evolucionar como sociedad, pero estoy confiada en que mientras unamos esfuerzos, lograremos servir mejor al País”, destacó la Jueza Presidenta quien estuvo acompañada del Director Administrativo de los Tribunales, Hon. Sigfrido Steidel Figueroa.