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Poder Judicial celebra adopciones simultáneas de 16 menores

Nov 1 | 2023, Comunicados de Prensa

En el marco de la conmemoración del Día Nacional de la Adopción, la Jueza Presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez, visitó la Sala de Relaciones de Familia y Menores de la Región Judicial de Bayamón para observar uno de los procesos simultáneos de adopción que se celebraron hoy a través de múltiples regiones judiciales del país. El proceso judicial fue presidido por la Jueza Enid Gavilán Pérez quien concedió la adopción de dos menores de 5 y 4 años.

En aras de promover la adopción de niños, niñas y adolescentes en espera de formar parte de un hogar, se coordinó para que durante el día se celebraran simultáneamente las adopciones de 16 menores entre las edades de 1 a 17 años. Este acontecimiento forma parte de una colaboración intergubernamental entre el Departamento de la Familia, el Departamento de Justicia y el Poder Judicial.

“La Ley de Adopción de Puerto Rico designa al Poder Judicial como árbitro en el proceso de adopción y garante de los derechos de todos los participantes. Para los jueces y las juezas, el manejo ágil y efectivo de estos casos les permite ser partícipes de un proceso que crea un vínculo familiar que procura que el niño, la niña o el joven adoptado se sienta parte de un núcleo familiar donde será protegido, fortalecido y amado. Mi reconocimiento y afecto a los padres y las madres adoptantes, a los menores de edad adoptados y a todos los funcionarios y las funcionarias que facilitan estos procesos”, expresó Oronoz Rodríguez quien estuvo acompañada en sala por la Secretaria de la Familia, Ciení Rodríguez Troche y la Administradora de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), Glenda Gerena Ríos.

Conforme a la Ley Núm. 61-2018, mejor conocida como la Ley de Adopción de Puerto Rico, el proceso de adopción es uno expedito, flexible y confidencial. Mediante la adopción, se le brinda la oportunidad a una persona de pertenecer legalmente a un núcleo familiar distinto al de su nacimiento. Por ello, tan pronto se decrete por el tribunal, quien se adopte se considera hijo o hija de la persona adoptante con todos los derechos, deberes y obligaciones que corresponden por ley. Se trata de la formalización en Derecho de los lazos formados con amor.

Para conocer sobre la adopción en Puerto Rico, así como el rol de los tribunales al amparo de la Ley de Adopción de Puerto Rico, presione aquí.

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