Trasfondo histórico del Tribunal Supremo
El 19 de junio de 1831, por decreto del Rey Fernando VII, se estableció el primer Tribunal de Apelaciones con jurisdicción sobre todo el territorio de Puerto Rico, razón por la cual se le solía llamar Audiencia Territorial.
La Real Audiencia se instala oficialmente el 23 de julio de 1832 en una vieja casona de la entonces Calle Allen de San Juan, hoy Calle de la Fortaleza.
Entre las funciones de esta Real Audiencia figuraban las siguientes: «examinar a los aspirantes a abogados, escribanos y procuradores; dirimir las competencias de jurisdicción entre los juzgados insulares; proveer a los recursos de queja y protección que se introdujeron por la Iglesia; conocer en apelación de las causas de todos los tribunales inferiores de la Isla; conocer las actuaciones de los gobernadores en interés de quienes por ellas se considerasen agraviados; conocer de las causas que por delitos relativos al ejercicio del Ministerio Judicial se formasen contra el gobernador y otros funcionarios públicos».
La Real Audiencia funcionó con una sola Sala de Justicia hasta 1854, cuando la segunda fue creada para entender en materias de aplicación general o para actuar con carácter de asesor del gobernante.
Se componía la Audiencia de «un presidente ex-oficio, el Gobernador, quien actuó en esta capacidad hasta 1861; un Regente, cuatro Oidores, uno de los cuales era el Auditor de Guerra y el Fiscal de S.M.» La Primera Audiencia estuvo constituida por el Gobernador Miguel de la Torre, como presidente ex-oficio; Francisco de Paula Vilches, Regente a cargo de la dirección de los trabajos judiciales; y los siguientes magistrados u Oidores:
- José Ramón Oses – Oidor Decano
- José Ramón Mendiola – Oidor Segundo
- Jaime María de Salas – Oidor Tercero
- Antonio de Benavides – Fiscal para asuntos civiles, criminales y de Hacienda.
Esta composición cambió varias veces durante los 66 años de su existencia. Entre los cambios más sobresalientes están los ocurridos en 1855, cuando se separa de la Audiencia al Ministerio Fiscal y, las de 1861, fecha en que se elimina al Gobernador del cargo de Presidente de ésta.
Corte Suprema (1898 – 1952)
Al producirse el cambio de soberanía en 1898, se establece la Corte Suprema de Puerto Rico, esta vez por orden del General John R. Brooke, Comandante del Departamento de Puerto Rico, sustituyéndose así la Audiencia.
Dicha orden estatuía lo siguiente en su primer inciso: «La Suprema Corte de Justicia, constituida en Sala de Justicia, compuesta de siete magistrados, incluyendo el Presidente, conocerá de todos los recursos llamados de casación, así pendientes de resolución como de los que establezcan en lo sucesivo y autoricen las leyes de Enjuiciamiento Civil y Criminal, los cuales en el anterior régimen español correspondían al Tribunal Supremo de Madrid, cuya jurisdicción respecto de esta Isla quedó extinguida por consecuencia del Protocolo de la Paz.».
En 1899, el general George W. Davis constituye la Corte con los siguientes siete magistrados: José Severo Quiñones, Presidente; José Conrado Hernández, Presidente de Sala; y los magistrados Juan Morera Martínez, José de Diego, José María Figueras, Rafael Nieto Abeillé y Luis de Ealo y Domínguez.
José de Diego nunca sirvió su cargo, aunque tomó posesión de éste, porque al día siguiente el general Brooke lo nombró presidente de la Audiencia de lo Criminal de Mayagüez, posición que comenzó a desempeñar inmediatamente.
Al año siguiente, el primero de mayo de 1900, se estableció en la Isla el Gobierno Civil, constituyéndose la Corte Suprema con los siguientes magistrados:
- José Severo Quiñones – Juez Presidente
- José Conrado Hernández – Juez Asociado
- José María Figueras – Juez Asociado
- Rafael Nieto Abeillé – Juez Asociado (renunció más tarde)
- Louis Sulzbacher – Juez Asociado (renunció más tarde)
Estos últimos dos fueron sustituidos por James Harvey McLeary y Adolf Grant Wolf, respectivamente.
Desde entonces hasta 1952, el Tribunal de compuso de un presidente y cuatro jueces asociados nombrados por el Presidente de los Estados Unidos.
Tribunal Supremo (1952)
En 1952 la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Ley de la Judicatura establecen el Tribunal General de Justicia, un sistema judicial unificado, cuyo poder reside en el Tribunal Supremo.
Bajo el nuevo ordenamiento, el Tribunal General de Justicia quedó compuesto por el Tribunal Supremo, como tribunal de última instancia, y por el Tribunal de Primera Instancia, constituido por el Tribunal Superior y el Tribunal de Distrito.
La Constitución del Estado Libre Asociado dispuso que el Tribunal Supremo se compondría de un juez presidente y cuatro jueces asociados, cuyo número podría en adelante ser variado por ley, pero sólo a solicitud del propio Tribunal. En 1961 se aumentó a ocho el número de jueces asociados y en 1975 se redujo a siete. En el 2010, se aumentó a nueve.
En la actualidad el Tribunal Supremo está integrado por una jueza presidenta y ocho jueces asociados.