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Videoconferencia en Procesos Judiciales de Naturaleza Civil

Jul 17 | 2017, Comunicados de Prensa

Iniciará en las regiones judiciales de Fajardo y Humacao.

La Jueza Presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez, anunció hoy que los jueces y juezas que atienden procesos judiciales de naturaleza civil podrán realizar vistas y audiencias mediante videoconferencia en sustitución de las vistas presenciales. Esto forma parte de la política pública de la Rama Judicial de incorporar la tecnología a los procesos judiciales para lograr mayor eficiencia y mejorar el acceso a la justicia.

“En este último año hemos implementado múltiples herramientas tecnológicas para asegurar que nuestros ciudadanos y ciudadanas tengan acceso a procesos judiciales más ágiles y eficientes. Con el sistema de videoconferencia para las salas civiles damos un paso adicional en esta dirección y nos colocamos a la altura de la era digital”, expresó la Jueza Presidenta.

La iniciativa permitirá que los abogados y abogadas que intervienen en un litigio, así como las partes que litigan por derecho propio, puedan participar en vistas sobre el estado de los procedimientos, conferencias transaccionales, vistas argumentativas, entre otras, desde cualquier punto de Puerto Rico o del exterior, sin necesidad de estar físicamente en el tribunal. Con ello se minimizan las suspensiones por conflictos de calendario entre abogados y partes, se logra eficiencia en el manejo y en los trámites de un caso y se reducen los costos que conllevan para las partes las audiencias presenciales. La Jueza Presidenta explicó, además, que para los abogados esto representa una alternativa al desplazamiento físico entre puntos distantes que les facilitará cumplir con el calendario judicial; y contribuye a superar los obstáculos que en ocasiones supone para la ciudadanía acceder a los tribunales. La primera fase de esta iniciativa comenzará el 17 de julio de 2017 en las Regiones Judiciales de Humacao y Fajardo y estará disponible en las 13 regiones judiciales antes de que culmine el año.

En esta fase el sistema de videoconferencia no estará disponible para realizar vistas en los casos en los cuales por su naturaleza sumaria o confidencial, el escenario virtual no optimice su atención tales como los de cobro de dinero bajo la Regla 60 de Procedimiento Civil, de relaciones de familia, salud mental y desahucio.

A continuación, las Guías para participar en los procesos judiciales de naturaleza civil mediante videoconferencia.

 

videoconferencia fajardo humacao

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