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Violencia de género

Para el Poder Judicial de Puerto Rico, hacerle frente a la violencia de género ha sido un asunto prioritario. Desde nuestro marco de acción hemos desarrollado e implementado iniciativas y proyectos concretos para atajar el problema de violencia de género y atenderlo con la sensibilidad que exige. A través de esta página informativa, procuramos educar a la comunidad sobre las diversas manifestaciones de violencia de género, los procesos judiciales a través de los cuales se atienden estas situaciones y los esfuerzos del Poder Judicial dirigidos a atender este problema social.

Información general sobre la violencia de género

¿Qué es la violencia de género?

La violencia de género es una de las demostraciones más claras y graves de la desigualdad entre las personas. Por ello, entre otras razones, se considera un problema de derechos humanos que atenta contra el principio que establece que la dignidad del ser humano es inviolable, consagrado en la Sección 1 del Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

La violencia de género ocurre cuando una persona demuestra conductas que causan daño físico, sexual o psicológico a otra persona motivado por los estereotipos de género creados por los hombres y las mujeres. Cuando se habla de estereotipos de género, se refiere a las opiniones o prejuicios basados en las características y funciones sociales que determinada cultura le asigna al hombre o a la mujer.

¿Cómo se manifiesta la violencia de género?

La violencia de género se puede manifestar de diversas formas.

Física

  • golpes
  • empujones
  • estrangular
  • sofocar
  • asfixiar

Psicológica

  • atacar la autoestima
  • amenazas
  • humillaciones o insultos
  • obligación de obediencia o sumisión
  • presionar para que haga algo
  • aislamiento o limitación de la libertad

Sexual

  • forzar a tener relaciones o conductas sexuales que no desea o consiente

Económica

  • controlar el dinero o limitar recursos propios

Cultural o social

  • imágenes que atentan contra la dignidad de la persona
  • frases despectivas
  • restar valor
  • negar visibilidad

Simbólica

  • chistes o imágenes que degradan

Estas acciones pueden ocurrir en lugares públicos y privados, y entre parejas consensuales, patronos, personas del trabajo o de la comunidad, amistades, familiares, profesores, profesoras y hasta por personas desconocidas.

Estadísticamente, en la mayoría de los casos las víctimas de violencia de género son mujeres en situaciones de violencia realizada por hombres. Ello incluye mujeres de diversas edades y trasfondos sociales, educativos y económicos. Sin embargo, cualquier persona podría verse afectada por la violencia de género.

¿Dónde se puede presentar la violencia de género?

La violencia de género se puede presentar en diferentes contextos.

Relación de pareja o expareja

  • violencia doméstica

Familia

  • maltrato físico, psicológico y sexual contra menores de edad, personas adultas mayores o por la orientación sexual
  • roles rígidos que difieren entre los niños y las niñas, hombres o mujeres de la familia
  • incesto

Trabajo

  • hostigamiento sexual laboral
  • discrimen por sexo

Ámbito social o en la comunidad

  • trata humana o de personas
  • feminicidio o asesinato de mujeres por su género
  • crímenes de odio por orientación sexual o identidad de género
  • acoso callejero o el hostigamiento por parte de personas desconocidas en lugares públicos
  • agresión sexual

Redes sociales o utilizando la tecnología

  • monitoreo y acecho
  • desprestigio
  • difundir imágenes sexuales o información personal íntima
  • controlar y manipular la contraseña o información
¿Dónde se puede comunicar para obtener más información?

Se puede comunicar con el Programa para la Atención de Casos de Violencia Doméstica, adscrito a la Directoría de Programas Judiciales de la Oficina de Administración de los Tribunales al (787) 641-6600 extensiones 5702, 5704, 5741 y 5743.

Acciones para garantizar el manejo adecuado de los casos de violencia de género

El Poder Judicial ha tomado acciones concretas para atajar el problema de violencia de género y atenderlo con la seriedad y sensibilidad que exige. Aunque erradicar la violencia de género requiere respuestas concertadas de todos los sectores y desde ámbitos distintos, la administración del Poder Judicial asume la responsabilidad de actuar para mejorar el manejo de estos casos.

En un acto afirmativo de la Jueza Presidenta del Tribunal Supremo, Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez, y el Director Administrativo de los Tribunales, Hon. Sigfrido Steidel Figueroa, junto al Consejo Asesor Judicial, se emitió la Declaración para la Evaluación de la Acción Judicial en Casos de Feminicidios. El documento recoge recomendaciones del Consejo Asesor dirigidas a optimizar la ejecución judicial entre las que se encuentran:

  • asegurar que los casos de violencia de género se atiendan con carácter prioritario y sensibilidad por los tribunales
  • crear una Red de Jueces Coordinadores y Juezas Coordinadoras de Asuntos de Violencia de Género
  • establecer mecanismos de evaluación continua para identificar deficiencias en cualquier trámite judicial e implementar las medidas correctivas necesarias
  • requerir que los jueces y las juezas municipales y superiores, así como los jueces y las juezas del Tribunal de Apelaciones participaran del Congreso Judicial Justicia con Perspectiva de Género
  • fortalecer los mecanismos de diálogo y colaboración con las entidades que participan de los procesos judiciales relacionados con casos de violencia de género

Para más información sobre las acciones tomadas por el Poder Judicial para garantizar el manejo adecuado de los casos de violencia de género, oprima aquí.

Guía informativa

Guía Informativa comunitaria: Violencia de Género
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Tribunales Informa

Videos educativos

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Directorio
de ayuda

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Solicitud electrónica
de órdenes de protección

Conozca sobre el procedimiento para presentar solicitudes de órdenes de protección, de ingreso involuntario por salud mental y otros asuntos urgentes, sin necesidad de acudir físicamente al Tribunal o a un cuartel de la Policía.

La información y orientación brindada es con fines educativos; no debe considerarse fuente de derecho ni sustituye los servicios profesionales de un abogado o una abogada.

Revisado: Noviembre 2024