Violencia en el noviazgo
La Ley Núm. 54-1989, conocida como la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, según enmendada, protege todas las relaciones afectivas, independientemente de que las personas vivan juntas o sostengan relaciones sexuales. Esto incluye las relaciones de noviazgo de personas adolescentes que tienen una relación consensual. Es decir, una relación en la cual ambas partes consienten o están de acuerdo con estar juntas.
Información general sobre la violencia en el noviazgo
¿Qué es la violencia en el noviazgo?
Se refiere a casos de violencia doméstica. La Ley Núm. 54-1989 define violencia doméstica como el empleo de las siguientes conductas:
- amenazas
- fuerza física
- intimidación
- persecución
- violencia psicológica (deshonra, descrédito o menosprecio, insultos, limitación irrazonable al acceso y manejo de los bienes comunes o al dinero, chantaje, vigilancia constante, aislamiento, entre otras)
- violencia sexual dentro de la relación de pareja
¿Qué tipo de daño se causa o se intenta causar durante un evento de violencia doméstica?
Puede ser:
- daño a otra persona
- daño físico a la víctima o a sus bienes
- grave daño emocional
- daño a un animal de compañía o mascota
¿Qué debe hacer si una persona menor de edad le dice que enfrenta o cree enfrentar una situación de violencia doméstica?
Cuando una persona menor de 18 años enfrenta o cree enfrentar una situación de violencia doméstica, por violencia física o patrón de violencia psicológica o emocional dentro del noviazgo, puede solicitar que el Tribunal emita una orden de protección bajo la Ley Núm. 54-1989. Para este proceso deben estar acompañadas de una persona adulta.
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Revisado: Marzo 2023