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Centros de Mediación de Conflictos

El Poder Judicial fomenta la utilización de mecanismos complementarios al sistema adjudicativo tradicional con el fin de impartir justicia de una forma más rápida, que a la vez sea eficiente y económica. Para implementar esta política pública, el Tribunal Supremo de Puerto Rico creó el Negociado de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos.

Los Centros de Mediación de Conflictos forman parte de los servicios de métodos alternos que ofrece el Poder Judicial para la solución de conflictos.

Mediación en los tribunales

La mediación es uno de los métodos alternos para la solución de conflictos mediante el cual las personas pueden, por sí mismas, resolver sus controversias sin que intervenga el Tribunal. Los Centros de Mediación de Conflictos del Poder Judicial ofrecen la mediación como un servicio alterno y gratuito en los tribunales.

¿En qué consiste la mediación?

Consiste en un diálogo en el que, con la ayuda de un(a) mediador(a) imparcial (que no favorece a persona alguna), cada una de las partes en una controversia tiene la oportunidad de presentar su versión sobre la situación que las afecta y participar voluntariamente para lograr un acuerdo que finalice el conflicto que sea satisfactorio para ambas partes. Además, es un servicio confidencial y gratuito.

¿Qué ventajas ofrece la mediación?
  • El servicio es confiable.
  • El servicio es rápido, cómodo y sin costo alguno.
  • Es informal sin restarle seriedad. Se fomenta la cooperación.
  • Se alienta la participación de las personas, que se expresen sobre la situación y que tomen decisiones.
  • Se fomenta el respeto entre participantes y la comunicación efectiva.
  • Las sesiones son privadas y se mantiene la confidencialidad de los procesos.
¿Qué casos atienden los mediadores y las mediadoras en los Centros de Mediación de Conflictos?

En los Centros de Mediación de Conflictos, los mediadores y las mediadoras atienden, entre otras controversias relacionadas, los siguientes asuntos:

  • comerciales
  • comunales
  • familiares
  • hipotecas o pagos de hipotecas
  • interpersonales
  • laborales

Algunos ejemplos de los tipos de controversias son:

  • cobro de dinero
  • conflictos entre vecinos y vecinas
  • controversias entre arrendadores(as) y arrendatarios(as)
  • pensión alimentaria
  • reclamaciones por daños relaciones filiales
  • acoso laboral
¿Qué es la mediación en casos de ejecución de hipoteca?

La Ley Núm. 184-2012, según enmendada, conocida como la “Ley para la Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal”, establece el deber del Tribunal de referir a mediación, en aquellas ocasiones que considere necesario, los casos de ejecución de hipoteca o de venta judicial que involucren la residencia principal de la persona deudora. De referirse a mediación, la persona deudora se reunirá con un mediador o una mediadora y con la entidad acreedora para dialogar sobre las diferentes alternativas que pudieran evitar la ejecución de la hipoteca, según el préstamo hipotecario que se originó.

En los casos de ejecución de hipoteca que un juez o una jueza determinen que deban referirse a mediación de conformidad con la Ley Núm. 184-2012, el juez o la jueza a cargo dictará una orden para la reunión obligatoria de mediación bajo pena de desacato. Esto no significa que las personas en controversia estén obligadas a llegar a un acuerdo como resultado del proceso.

¿Qué es la mediación en casos de acoso laboral?

La Ley Núm. 90-2020, conocida como “Ley para prohibir y prevenir el acoso laboral en Puerto Rico”, establece que una persona que crea ser víctima de acoso laboral en su lugar de trabajo, debe primero seguir el protocolo establecido por su patrono. Si la persona entiende que el proceso seguido conforme al protocolo de su patrono no produjo los resultados esperados, puede acudir a los Centros de Mediación de Conflictos del Poder Judicial.

Al visitar el Centro de Mediación de Conflictos, recibirá una orientación sobre el proceso de mediación. Si ambas partes, luego de ser orientadas, aceptan participar del proceso, se reunirán con el mediador o la mediadora para dialogar sobre un posible acuerdo. En cambio, si alguna de las partes no desea participar de la mediación, el empleado o la empleada podrá acudir ante el Tribunal a presentar una acción civil, acreditando que agotaron el mecanismo alterno de mediación.

¿Qué otros servicios se ofrecen en los Centros de Mediación de Conflictos?

Además del servicio de mediación, se ofrecen servicios de orientación y de referidos a otros servicios públicos o privados que podrían ser de ayuda para resolver las controversias.

¿Dónde están ubicados los Centros de Mediación de Conflictos?

Aguadilla

Primer piso de la sala municipal
(787) 819-5743
CMC-Aguadilla@poderjudicial.pr

Aibonito

Primer piso del centro judicial
(787) 735-9179
CMC-Aibonito@poderjucial.pr

Arecibo

Segundo piso del centro judicial
(787) 650-6407
CMC-Arecibo@poderjudicial.pr

Bayamón

Tercer piso del centro judicial
(787) 288-6133
CMC-Bayamón@poderjucial.pr

Caguas

Segundo piso del centro judicial
(787) 653-1224
CMC-Caguas@poderjucial.pr

Carolina

Primer piso del centro judicial
(787) 776-4536
CMC-Carolina@poderjucial.pr

Fajardo

Segundo piso del centro judicial
(787) 655-0579
CMC-Fajardo@poderjucial.pr

Guayama

Primer piso del centro judicial
(787) 686-2000; extensión 2576
CMC-Guayama@poderjucial.pr

Humacao

Primer piso del centro judicial
(787) 656-0025
CMC-Humacao@poderjucial.pr

Mayagüez

Segundo piso del centro judicial
(787) 652-5585
CMC-Mayaguez@poderjucial.pr

Ponce

Segundo piso del centro judicial
(787) 651-2351
CMC-Ponce@poderjucial.pr

San Juan

Sótano del centro judicial
(787) 641-6107
CMC-SanJuan@poderjucial.pr

Utuado

Segundo piso del centro judicial
(787) 894-6540
CMC-Utuado@poderjucial.pr

Enlaces relacionados

Reglamento de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos

Resolución alterna
de conflictos

Formularios

Formularios de
Métodos Alternos

Negociado de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos

Negociado de Métodos Alternos
para la Solución de Conflictos

Para más información

Para información sobre los servicios de mediación que se ofrecen en los tribunales, puede comunicarse o visitar el Centro de Mediación de Conflictos más cercano. Para coordinar una orientación por videoconferencia, puede enviar un correo electrónico a mediacion@poderjudicial.pr.

También puede comunicarse con el Negociado de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos llamando al (787) 641-6363; extensiones 2584 y 2586, o al (787) 641-6358.