EN
EN

Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales

Inicio / Iniciativas y proyectos para promover el acceso a la justicia / Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales

El Poder Judicial promueve el desarrollo de una comunidad empoderada y participativa que conozca, comprenda y utilice efectivamente el sistema de tribunales para atender sus situaciones legales. Asimismo, impulsa estrategias que fomenten el conocimiento y uso de métodos alternos para la solución de conflictos sin necesidad de intervención judicial.

En sintonía con esta política pública, se estableció el Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales de Puerto Rico, como complemento a las iniciativas de acceso a la justicia. Este proyecto parte del convencimiento de que una relación colaborativa con la comunidad facilita la eliminación de barreras de acceso a la justicia, bien sea por desconocimiento de la función judicial o por falta de información adecuada.

Liderato comunitario al servicio de la justicia

¿Qué es el Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales?

El Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales es un servicio social, liderado y promovido por el Poder Judicial, que se ofrece de manera voluntaria y gratuita desde las comunidades, a través de personas facilitadoras judiciales. Tiene como finalidad proveer a las personas beneficiarias acceso efectivo a la justicia y promover una solución pacífica de sus conflictos.

Este Servicio canaliza el compromiso del liderato comunitario, que actúa como puente de entendimiento entre el tribunal y su comunidad. Está orientado, en particular, a personas en situación de vulnerabilidad o que enfrentan mayores obstáculos para acceder a servicios judiciales. A través de orientación y acompañamiento, el Servicio fomenta la inclusión, el diálogo y la participación comunitaria.

¿Cuáles son los objetivos del Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales?

Los objetivos principales del Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales son:

  • Ofrecer orientación y difusión comunitaria sobre los servicios que ofrece el Poder Judicial, así como sobre temas jurídicos, sin que esta orientación constituya asesoría legal.
  • Brindar orientación comunitaria sobre la resolución alterna de conflictos, que sea accesible para todas las poblaciones, especialmente las que presentan mayores limitaciones por su condición de vulnerabilidad.
  • Contribuir al desarrollo de una cultura que facilite a las personas el resolver sus conflictos personales o comunales por sí mismas o con la ayuda de terceros, sin necesidad de la intervención judicial.
  • Reducir la conflictividad en las comunidades y promover la paz social.
  • Disminuir el número de conflictos menores que recaban la intervención del sistema judicial y evitar que conflictos menores escalen.
¿Qué funciones ejerce una persona facilitadora judicial?

Las personas facilitadoras judiciales:

  • Orientan a la población de su comunidad sobre los servicios judiciales y temas jurídicos generales, sin que ello constituya asesoría legal.
  • Realizan mediaciones comunitarias en conflictos donde no medie violencia hacia alguna de las partes, ni constituyan conducta delictiva.
  • Refieren a los tribunales o a las autoridades competentes, según proceda, las solicitudes de servicios de los miembros de su comunidad.
¿Cómo se seleccionan las personas facilitadoras judiciales?

Las personas facilitadoras judiciales son elegidas por su propia comunidad a través de un proceso de nominación y votación durante una asamblea comunitaria, organizada en coordinación con la Oficina de Educación y Relaciones con la Comunidad del Poder Judicial. La designación de la persona facilitadora judicial está sujeta al cumplimiento con los requisitos del programa.

Una vez seleccionadas, son juramentadas por un juez o una jueza y capacitadas por el Poder Judicial en temas relacionados con sus funciones.

¿Qué requisitos debe cumplir una persona para fungir como facilitador(a) judicial?

Las personas facilitadoras judiciales deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • tener 21 años o más
  • saber leer y escribir
  • tener presencia y residencia estable en la comunidad por al menos un (1) año
  • ser una persona honrada, honesta, imparcial, con liderazgo y reconocida por su vocación de servicio
  • estar disponible para prestar servicios voluntariamente y sin remuneración
  • actuar de buena fe en el ejercicio de sus funciones

A su vez, las personas facilitadoras judiciales no podrán:

  • tener antecedentes penales ni casos judiciales pendientes que puedan afectar la legitimidad del Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales
  • ejercer cargos en agencias del orden público o en entidades que brindan servicios de seguridad privada
  • ejercer cargos políticos ni ser activistas de un partido político
  • ser abogado o abogada litigante
¿Cómo el Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales puede ayudar a mi comunidad?

El Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales facilita que las personas resuelvan sus conflictos personales o comunales por sí mismas o con la ayuda de terceros, sin la necesidad de la intervención judicial. A su vez, a través de la orientación, promueve el acceso adecuado y oportuno a los servicios que se ofrecen en el tribunal, minimizando las barreras de acceso a la justicia.

Esto reduce la conflictividad y contribuye a la paz social en las comunidades.

¿Dónde está disponible el Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales?

Actualmente, el Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales está activo en las regiones judiciales de Aibonito y Humacao, en las siguientes comunidades:

  • Aibonito: Barrio Robles Rabanal
  • Barranquitas: Barrio Barrancas
  • Coamo: Barrio Hayales
  • Comerío: Barrio Piñas Arriba
  • Humacao: Barrio Candelero Arriba
  • Las Piedras: Barrio Collores y Barrio Montones
  • Maunabo: Barrio Emajaguas
  • Naguabo: Barrios del Norte y Barrios del Sur
  • Orocovis: Barrio El Gato
  • Yabucoa: Barrio Calabaza

Enlaces relacionados

Educación a
la comunidad

Información de temas legales

Reglamento de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos

Resolución alterna
de conflictos

Para más información

Para obtener más información sobre el Servicio de Facilitadoras y Facilitadores Judiciales de Puerto Rico, puede comunicarse con la Oficina de Educación y Relaciones con la Comunidad de la Oficina de Administración de los Tribunales llamando al (787) 641-6600; extensión 5707 o a través del correo electrónico educo@poderjudicial.pr.