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Publicidad de casos en el portal del Poder Judicial

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¿En dónde se puede obtener información sobre los casos que se tramitan ante los tribunales?
Se puede obtener información de los casos que se tramitan ante los tribunales de Puerto Rico en el portal del Poder Judicial, en el sistema de consulta en línea conocido como Consulta de Casos. En este sistema, se proveen datos básicos de la información del caso, sea tramitado electrónica o físicamente, que incluye el nombre de las partes, el tribunal ante el cual se tramita, el (la) juez(a) asignado(a) y el tipo de caso, entre otros datos. Asimismo, se publican los trámites procesales relacionados, tales como datos básicos de las vistas celebradas y las órdenes y determinaciones judiciales del caso.

Este sistema es única y exclusivamente para orientar, por lo que no sustituye las comunicaciones oficiales ni la información fidedigna que compone el expediente judicial en las secretarías de los tribunales. Lo que procuran es rendir cuentas, promover la transparencia y el acceso público.

Por lo anterior, las personas pueden acceder al sistema en línea desde cualquier dispositivo con conexión a internet o desde las computadoras localizadas en las bibliotecas de los tribunales. También, pueden ir a las secretarías de los tribunales para obtener información detallada sobre casos específicos, siempre y cuando se sigan las reglas establecidas para examinar expedientes judiciales. Se destaca que la regla general es que los expedientes judiciales son públicos, excepto aquellos que, por disposición legal o por orden del Tribunal, deban considerarse confidenciales.

Para obtener copia de los documentos contenidos en un expediente judicial, debe completar los trámites necesarios y pagar los costos de las copias. Para más información, puede acceder a Examen de expedientes judiciales y solicitud de copias de documentos.

¿Se puede solicitar la restricción de la publicidad de la información compartida en el sistema de consulta en línea del portal del Poder Judicial?
Sí, se puede solicitar al Tribunal de Primera Instancia que se restrinja la publicidad en el sistema de consulta en línea de uno o varios casos particulares del portal cibernético del Poder Judicial. Esta solicitud debe estar fundamentada para la evaluación y determinación judicial que corresponda.
¿A qué se refiere con restringir la publicidad de casos?
Al restringir la publicidad de algún caso en el portal, este no aparecerá como resultado de búsqueda en el sistema de consulta en línea, pero el expediente judicial permanece siendo propiedad del Estado. Salvo que exista una disposición legal u orden judicial que establezca la confidencialidad del caso, el expediente judicial se considera público. La información correspondiente o el expediente y cualquier otro registro físico o electrónico interno del Poder Judicial no se elimina y estará disponible para cualquier fin legítimo, lo cual incluye ser examinado en las dependencias judiciales. Para más información sobre el examen de los expedientes judiciales, puede acceder a Examen de expedientes judiciales y solicitud de copias de documentos.
¿Para cuáles casos se puede restringir la publicidad en el sistema de consulta en línea del portal del Poder Judicial?
Aquellos que así lo soliciten ante el Tribunal y un(a) juez(a) determine que la restricción de publicidad procede en derecho. Es decir, aquellos que tienen el fundamento legal dispuesto en las leyes aplicables a Puerto Rico.

Se debe destacar que este proceso no es automático ni depende completamente del Poder Judicial. En algunas instancias, hay ciertos trámites que se deben realizar en y por el Negociado de la Policía de Puerto Rico y el Departamento de Justicia.

¿Cuál es el trámite para restringir la publicidad de algún caso en el sistema de consulta en línea del portal del Poder Judicial?
El trámite dependerá de las particularidades de cada situación.

 

  • Proceso de Eliminación de Antecedentes Penales

 

 

Siempre y cuando el Poder Judicial reciba la debida notificación por parte del Negociado de la Policía de Puerto Rico a tenor con la Ley Núm. 56-2024 sobre la eliminación de antecedentes penales de delitos menos graves, la Oficina de Administración de los Tribunales procederá a restringir  la publicidad de la información correspondiente del portal sin necesidad de que la persona haga trámite alguno. Para más información, acceda a la hoja informativa sobre el procedimiento de eliminar delitos menos graves del récord.

Los tribunales atienden peticiones de eliminación de antecedentes penales. Por tanto, siempre y cuando un tribunal emita una determinación para eliminar condenas del certificado de antecedentes penales y mencione los casos específicos cuya publicidad debe ser restringida, la Oficina de Administración de los Tribunal procederá a cumplir con la orden judicial. Si la determinación judicial omite algún número de caso relacionado o condena eliminada, la persona interesada en la restricción de publicidad puede presentar una moción a esos efectos, la cual será evaluada por el Tribunal y resolverá lo que en derecho proceda. Para más información, acceda a hoja informativa sobre el procedimiento de eliminar delitos graves del récord.

 

  • Personas que completaron un programa de desvío establecido por las Reglas de Procedimiento Criminal o alguna ley especial

 

 

Una vez completado el programa y el Tribunal ordene el archivo y sobreseimiento del caso penal, el personal del Poder Judicial clasificará el caso como confidencial de modo que no aparezca en el sistema de consulta en línea. Estos casos no estarán disponibles al público para consulta o examen por su carácter confidencial.

 

  • Para cualquier otro caso

 

 

La persona que interese restringir la publicidad de algún caso por otras razones que no son las mencionadas en los incisos anteriores, deberá presentar su solicitud fundamentada ante la consideración del Tribunal. El Tribunal evaluará la solicitud y resolverá lo que en derecho proceda. Del Tribunal determinar que se debe restringir la publicidad, una vez se notifique la determinación judicial a la Directoría de Informática de la Oficina de Administración de los Tribunales, la publicidad del caso será restringida del sistema de consulta en línea del portal del Poder Judicial.

¿Dónde puedo conseguir más información?
Esta información surge de la Carta Circular Núm. 2, Año Fiscal 2024-2025, disponible en las bibliotecas del Poder Judicial. Además, se puede comunicar con el personal de Secretaría del Tribunal. De igual forma, se puede comunicar a la Línea de Información del Poder Judicial, llamando al (787) 641-6263, o escribiendo al Buzón del Poder Judicial, buzon@poderjudicial.pr.