EN
EN

Certificaciones de profesionales como interventores o interventoras neutrales: árbitros o árbitras, mediadores o mediadoras, o evaluadores o evaluadoras neutrales

Inicio / Servicios a la Comunidad / Certificaciones de profesionales como interventores o interventoras neutrales: árbitros o árbitras, mediadores o mediadoras, o evaluadores o evaluadoras neutrales

El Negociado de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos (Negociado) es la oficina administrativa que implanta la política pública del Poder Judicial relacionada con los métodos alternos. Además, certifica profesionales privados o privadas para que presten servicios ocasionalmente al Poder Judicial como interventores neutrales privados o interventoras neutrales privadas.

Entre sus facultades, el Negociado provee:

  • Certificado de árbitro o árbitra
  • Certificado de mediador o mediadora
  • Certificado de evaluador o evaluadora neutral
  • Certificado de proveedor o proveedora de servicios

Los primeros tres certificados tienen requisitos generales en común, así como requisitos específicos según el método. Puede examinar estos requisitos en el Reglamento de Certificación y Educación Continua Relacionado con los Métodos Alternos para la Solución de Conflictos.

Asimismo, el Negociado supervisa técnica y administrativamente los Centros de Mediación de Conflictos que ofrecen servicios al Tribunal y a la comunidad.

¿En qué consiste la certificación provista por el Negociado?

La certificación es el resultado de haber cumplido con las reglas contenidas en el Reglamento, según enmendado.

Este reglamento fija las condiciones mínimas que tienen que cumplir las personas que quieren estar incluidas en los listados de árbitros y árbitras, mediadores y mediadoras o evaluadores y evaluadoras neutrales que sean así certificados y certificadas por el Negociado para poder recibir casos referidos de los tribunales.

¿Para qué sirve certificarse?

La certificación va dirigida a fijar un estándar mínimo en adiestramiento y destrezas. Con estas certificaciones se prepara una lista de personas calificadas para ofrecer servicios en uno o varios métodos, conforme a las reglas adoptadas por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

¿Se requiere una certificación para ejercer como mediador o mediadora, árbitro o árbitra o evaluador o evaluadora neutral en Puerto Rico?

Una persona puede ofrecer sus servicios en Puerto Rico como árbitro o árbitra, evaluador o evaluadora neutral o mediador o mediadora sin tener la certificación. Tampoco existe una licencia que obligue a esto. Sin embargo, el Poder Judicial de Puerto Rico exige que una persona esté certificada para que su nombre esté incluido en la lista preparada por el Negociado.

¿Puedo solicitar más de una certificación?

Sí, puede solicitar más de una certificación de forma simultánea si cumple con los requisitos generales y particulares de cada certificación.

¿Certifica el Negociado a instituciones de servicios o centros de práctica a los cuales los tribunales puedan referir casos?

No. El Reglamento define los tipos de certificados que pueden concederse y, al referirse a métodos alternos, se certifican personas y no instituciones. En cuanto a los proveedores y las proveedores de servicios de adiestramientos, el Negociado certifica a entidades para que puedan ofrecer servicios de adiestramiento a personas interesadas en certificarse como árbitros o árbitras, mediadoras o mediadoras o evaluadores o evaluadoras neutrales, o para educación continua.

¿Dónde se puede obtener más información?

Puede comunicarse al Negociado de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos al (787) 641-6357 o (787) 641-6358.